En este artículo vamos a tratar el régimen de pensiones y en particular el convenio que existe actualmente entre España y algunas de las repúblicas latinoamericanas por ejemplo Colombia o Ecuador.

¿En qué consiste el convenio que han suscrito estos gobiernos?

Para explicarlo vamos a recordar como era la situación antes de su entrada en vigor. Hasta la aprobación de este convenio, cuando usted llegaba a la edad de jubilación, tenía que jubilarse única y exclusivamente con las cotizaciones que usted había hecho en su país de origen.

A raíz del convenio se permite que usted sume, además de las cotizaciones que hizo en su país de origen, las que posteriormente también hizo en el estado español. Por ejemplo, si usted cotizó a la seguridad social española 10 años y cotizó a la seguridad social colombiana 15 años, aunque ninguna de las dos cotizaciones de manera separada le daría para pedir una pensión, sumadas darían 25 años y le permitirían acceder a una.

Aplicando el convenio podríamos por lo tanto jubilarnos en Colombia al llegar a la edad de 57 años para mujeres o de 62 para hombres o podríamos jubilarnos en España cuando llegáramos a la edad general de 65 años. Esto es muy importante porque de esta manera usted no va a perder su esfuerzo, su dinero, su tiempo de trabajo a efectos de poder garantizar una vejez más o menos digna.

Dos puntos a tener en cuenta:

– Si usted está pensando en que para jubilarse tiene que acogerse a este convenio suscrito entre su país y España, recuerde que si usted está cotizando en su país de origen y está cotizando también en España simultáneamente, esas cotizaciones van a quedar reducidas a una sola. Es decir, si usted entre 2010 y 2016 cotizó en Ecuador y en ese mismo periodo también cotizó en España, esas cotizaciones realizadas de manera simultánea no se van a sumar sino que van a quedar reducidas a un solo periodo. En ese caso esté muy atento porque puede usted estar perdiendo su tiempo, su dinero y su ilusión. No hay que pensar que por cotizar en los dos países de manera simultánea esas cotizaciones serán sumadas porque no lo serán.

– Otro caso distinto es aquel en el que se decide no acogerse al convenio y, si cumple con los requisitos, jubilarse de manera independiente en los dos países, tanto el de origen como en España. Esto es perfectamente válido. Usted puede haber cotizado 25 años en Colombia y tener otros tantos cotizados en España de modo que se retirará en los dos países con pensiones distintas. Ya que no se he acogido al convenio es indiferente si está cotizando en un país o en el otro.

Recuerde que en Gómez Navas Abogados dispone de abogados altamente especializados en régimen pensional tanto en España como en otros países latinoamericanos.

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