Cuando un ciudadano español se casa con un extranjero no residente en España el tema del matrimonio es lo más fácil, ahí no hay ningún problema. Luego el tema empieza a complicarse cuando queremos que el cónyuge venga a residir a España porque vamos a tener que registrar ese matrimonio y lamentablemente y en contra de lo que ordena la ley, la mayoría de estos matrimonios se presumen hechos en fraude de ley, es decir, por dinero o por papeles y a consecuencia de ello se exige hacer una serie de entrevistas, la aportación de una serie de pruebas y sobre esa base se decide si se autoriza o no el registro del matrimonio.

Este proceso puede durar una media de seis meses a dos añosdependiendo de las pruebas que se aporten y de lo rápido que vaya ese consulado en particular o el registro civil.

Pero una vez que nos dicen que sí y nos dan el libro de familia, el cónyuge puede viajar a España en cuestión de ocho días porque simplemente hay que solicitar la visa y, una vez aquí, se les solicita la tarjeta comunitaria que tendrá una validez hasta por cinco años que nunca se va a usar del todo porque al año de llegar ya se podría solicitar la nacionalidad para hacerlo todo bien.

El tema complejo, repetimos, radica en el registro por eso es quecuando vamos a celebrar este tipo de matrimonios tenemos que asesorarnos muy bien para que una vez se abra el expediente de registro de ese matrimonio podamos aportar todas las pruebas y estar perfectamente preparados entre otras cosas para las entrevistas y que la cosa salga lo mejor posible.

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